11 de marzo de 2026

SCJN avala pensiones de retiro para jueces de Chihuahua tras Reforma Judicial

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CIUDAD DE MÉXICO – En una decisión que marca un precedente sobre los derechos laborales de los juzgadores, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la constitucionalidad de las pensiones complementarias e indemnizaciones para jueces y magistrados de Chihuahua que concluyeron sus funciones tras la reciente reforma al sector.

Con una votación mayoritaria, el Pleno validó los artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Chihuahua que permiten a quienes no participaron o no resultaron electos en la primera jornada judicial acceder a esquemas de jubilación y retiro anticipado.

Los argumentos del fallo

El ministro ponente, Arístides Guerrero García, sostuvo que estas medidas no son privilegios, sino mecanismos de protección derivados de la reforma constitucional federal. Según el proyecto aprobado:

Se busca garantizar el respeto a los derechos laborales adquiridos.

Las indemnizaciones se alinean con los principios del gasto público.

Responden a una situación excepcional por el cese anticipado de funciones.

Debate en el Pleno: ¿Derechos o privilegios?

A pesar del respaldo de la mayoría, la sesión no estuvo exenta de fricciones. La ministra Lenia Batres Guadarrama votó en contra, calificando la medida como un «régimen especial de seguridad social» que genera un trato desigual frente al resto de los trabajadores públicos.

Por su parte, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz expresó sus reservas sobre la estructura de los pagos, señalando una posible inequidad entre quienes reciben un pago único y quienes acceden a compensaciones similares a pensiones vitalicias.

¿Qué incluye la compensación?

La reforma local en Chihuahua establece reglas claras para la transición:

Pensión complementaria del 50% para quienes ya cumplían con los requisitos de ley.

Indemnizaciones específicas para quienes dejaron sus cargos de forma anticipada.

La Corte concluyó finalmente que estas disposiciones no vulneran el principio de igualdad, señalando que su objetivo primordial es salvaguardar la seguridad social de los servidores públicos en el marco de la reestructuración del sistema judicial.

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