13 de junio de 2026

Debate ideológico en la Suprema Corte: Invalidan requisito de 5 años para pensión por viudez en concubinato

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Ciudad de México. – Una mayoría de siete ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 130 de la Ley del Seguro Social vigente, el cual exigía a las personas en concubinato acreditar un mínimo de cinco años de convivencia —o haber tenido hijos en común— para acceder a una pensión por viudez del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La resolución provocó una fuerte división y confrontación de posturas dentro del Pleno del máximo tribunal:

Argumento de la mayoría: Los ministros que votaron a favor de la invalidez sostuvieron que el requisito temporal atenta contra los derechos de los nuevos modelos de familia y el principio de igualdad.

Argumento del bloque disidente: Quienes votaron en contra cuestionaron la viabilidad financiera de la medida, señalando que los criterios progresistas deben sopesar el impacto económico y presupuestal que estas decisiones representan para los recursos del Estado.

Durante la sesión, los integrantes de la Corte intercambiaron señalamientos mutuos, acusándose de defender posturas conservadoras en materia familiar o, por el contrario, de aprobar medidas sin considerar la sostenibilidad de las finanzas públicas. Con este fallo, el criterio temporal de la ley de 1995 queda sin efecto para la adjudicación de estas prestaciones laborales.

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